jueves, 7 de febrero de 2013

La división de poderes (X). El gobierno ilimitado.


El caso es que en España fallan todos los controles del poder y sus causas las podemos resumir en tres: a) el partido omnipresente; b) la legislación omnímoda ; y c) el gobierno ilimitado.

Los españoles tenemos un serio problema de garantías constitucionales que han ido afectando a  todos los aspectos de nuestras vidas sin que apenas los hayamos percibido hasta hoy, con esta mal llamada crisis. ¿Crisis? Esto no es una crisis: ha sido, es y seguirá siendo un desfalco perpetrado por quienes ejercen las potestades. ¿Cómo llamar a este estado de cosas? ¿La Cosa Nostra de los partidos? ¿Partidocracia? ¿Partidocracia absolutista? ¿Partidocracia totalitaria? ¿Corruptocracia? ¿La famiglia?

El caso es que en España fallan todos los controles del poder y sus causas las podemos resumir en tres:

  • El partido omnipresente.
  • La legislación omnímoda.
  • Y el gobierno ilimitado.


EL PARTIDO OMNIPRESENTE

Ya hemos podido comprobar cómo las cúpulas de los partidos se han hecho con el control absoluto de los poderes del Estado, cual Luis XIV de Francia. Cuando no ocupan los órganos investidos de alguna potestad, los ocupantes son elegidos por ellos. Los gobiernos están formados por gente de partido, el Congreso y el Senado está integrado por gente de partido, los vocales del Consejo General del Poder Judicial son elegidos por gente de partido y los tribunales encargados de enjuiciar asuntos clave para los intereses de partido son ascendidos por este órgano político; los magistrados del Tribunal Constitucional, de los 12, 10 son elegidos por gente de partido y 2 por gente elegida por gente de partido.  Y poco a poco van influyendo cada día más en la composición de otras instituciones económicas y culturales que nada tienen que ver con la política.

En los casos restantes, compran voluntades mediante subvenciones; coaccionan mediante la obligación de obtener licencias estableciendo previamente un sistema de licencias en número cerrado; o imponen unas reglamentaciones gravosas y difíciles de cumplir para tener atemorizada a la gente.

Sobre este asunto ya se ha escrito en otros artículos y a él se irá haciendo referencia en los siguientes, por lo que no vamos a añadir nada más.

LA LEY OMNÍMODA

Que lo abraza y comprende todo. De esto se hablará en el artículo siguiente.

EL GOBIERNO ILIMITADO

La teoría constitucional predica que una Constitución, para ser democrática, debe establecer un sistema de controles entre los poderes y una serie de garantías que protejan a los ciudadanos frente a quienes tienen el monopolio de la fuerza y del ”ius puniendi et colligere” (a imponer penas y sanciones y a recaudar impuestos).

De entre esas garantías suelen destacarse las siguientes:

  • La propia Constitución.
  • El imperio de la ley.
  • El control político del gobierno a través de una cámara de control que somete a aquel a  interpelaciones y a comisiones de investigación.
  • El control judicial de la acción del gobierno.
  • La participación de los ciudadanos en el control, sea mediante el derecho de petición o mediante el ejercicio de la acción popular.
  • La prensa.
  • Las asociaciones.
  • El respeto debido a la persona y a su autonomía de la voluntad del individuo en  sus asuntos particulares.
  • Y  la propiedad privada, incluyendo la privacidad.

La constitución, como se ha explicado en el artículo anterior, ya no constituye obstáculo alguno para la partidocracia: a través de la ley o a través de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional la Constitución está pasando a ser una mera declaración de buenas intenciones sin eficacia alguna.

En cuanto a la sujeción de la actuación del gobierno al imperio de la ley, si tenemos en cuenta que la iniciativa legislativa y la potestad para aprobar las leyes recae siempre en órganos controlados por gente de partido y que los partidos del oligopolio siempre llegan a acuerdos satisfactorios para ellos, podemos decir que el gobierno, es decir, los partidos, no se hallan sujetos a más leyes que las que ellos mismos elaboran, proponen y aprueban. No están sujetos a más ley que a la de su propia voluntad.

Las constituciones también prevén mecanismos de control parlamentarios de la actuación del gobierno. En España no sirven de nada. Si el partido del gobierno tiene mayoría absoluta en el parlamento puede impedir la creación de comisiones de investigación. Pero si por alguna razón cede y la Comisión de Investigación se lleva adelante, puede oponerse a la formulación de preguntas que le resulten incómodas o impedir la práctica de determinados medios de pruebas (testigos, documentos, periciales, etc.). En cuanto a las interpelaciones de las sesiones de control, están permitidas las respuestas evasivas: tampoco sirven de nada.

El control judicial de la actuación tanto del gobierno como de los gobernantes ha quedado en nada como ya se dijo aquí. Los jueces y magistrados encargados de la instrucción y el enjuiciamiento de asuntos de relevancia política, en los que el partido puede ser parte interesada, le deben algo al político o tienen expectativa de deberle algo o de sufrir las iras de los dirigentes de esas personas jurídicas privadas denominadas partidos políticos.

Aquí tienen un ejemplo de cómo los políticos manejan la justicia para garantizar su impunidad (Párrafo añadido):



El derecho de petición, que en España se formaliza a través de las hojas de reclamación, sugerencias y felicitación, sólo sirven para hacer perder el tiempo al funcionario de turno cuando el gobierno decide seguir en sus trece.

El ejercicio de la acción popular es el único instrumento que hasta hoy se ha demostrado útil, si bien, en tanto que falla el control judicial y aun el legislativo, la mayor parte de las veces únicamente sirve para excitar la opinión pública.

La prensa está sobornada o coaccionada. Los medios de comunicación disidentes en muchos casos se quedan sin las subvenciones, colocando a los medios pelotas en una situación injustamente ventajosa. Lo mismo hay que decir respecto de la publicidad institucional. Lo anterior en el mejor de los casos, pues, en el peor de los casos un medio de comunicación disidente o incómodo puede ver retirada su licencia. Estos mismos problemas son aplicables a la enseñanza concertada y a otras muchas asociaciones y grupos de presión de toda índole.

Por último, dado que nada limita el poder de la “cosa nostra” (nostra del partido), en los últimos años estamos viendo como unos gobiernos aprueban y otros convalidan reglamentaciones sobre asuntos particulares de los ciudadanos, quedando la autonomía de la voluntad del individuo, la privacidad y la propiedad privada en algo menos que cero: en una carga.

Valga el siguiente chiste  (F = Funcionario; A = administrado).

F.-  ¿Profesión?
A.- Trabajo para el Estado.
F.- ¿Es Ud. funcionario?
A.- No, soy empresario.

Y el siguiente:

¿Para qué queremos la propiedad privada si sobre ella manda el gobierno?  Para pagar impuestos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario