ARTÍCULO 64. Composición del Consejo General de Gestión y Finanzas. 1. Elegidos todos por el Pleno de Afiliados en elecciones primarias, estará integrado por el Tesorero General, su Consejero Mayor y las siguientes consejerías:
a) Consejería Contable.
b) Consejería de Presupuesto.
c) Consejería de Política Económica y Marketing.
d) Tesorería General.
ARTÍCULO 65. Composición de las consejerías. Cada consejería (Contable, de Presupuesto, y de Política Económica y Marketing) estará integrada por sus tres consejeros, asistido cada uno de ellos por un auxiliar. Los auxiliares serán elegidos por el Pleno de Afiliados en elecciones primarias. En cada consejería los Consejeros se turnarán anualmente en el desempeño del cargo de Tesorero.
ARTÍCULO 66. Composición de la Tesorería General. La Tesorería General estará integrada por el Tesorero General y 10 oficiales de inventario que le asistirán. Todos serán elegidos por el Pleno de Afiliados en elecciones primarias.
ARTÍCULO 67. Competencias de la Tesorería General. Las competencias de la Tesorería General, así como su régimen de funcionamiento y las atribuciones de cada uno de sus miembros vendrán reguladas por un reglamento elaborado por el Pleno del Consejo General de Gestión y Finanzas, con el visto bueno de la mayoría absoluta del Consejo Permanente, oído previamente el Consejo de Logística, y la aprobación por mayoría simple del Pleno de Afiliados.
ARTÍCULO 68. Competencias del Consejo Contable. Las competencias del Consejo Contable, así como su régimen de funcionamiento y las atribuciones de cada uno de sus miembros vendrán reguladas por un reglamento elaborado por el Pleno del Consejo General de Gestión y Finanzas, con el visto bueno de la mayoría absoluta del Consejo Permanente y la aprobación por mayoría simple del Pleno de Afiliados.
ARTÍCULO 69. Competencias del Consejo de Presupuesto. 1. Las competencias del Consejo de Presupuesto, así como su régimen de funcionamiento y las atribuciones de cada uno de sus miembros vendrán reguladas por un reglamento elaborado por el Pleno del Consejo General de Gestión y Finanzas, con el visto bueno de la mayoría absoluta del Consejo Permanente, oídos previamente los plenos de cada uno de los restantes Consejos Generales, y la aprobación por mayoría simple del Pleno de Afiliados.
2. En todo caso, le corresponderá elaborar el Presupuesto ordinario y aquellos otros de naturaleza electoral o extraordinaria, así como cuantas ampliaciones o modificaciones tengan relación con ellos. Igualmente, aprobar todas las acciones conducentes a la obtención de ingresos para el Partido.
ARTÍCULO 70. Competencias del Consejo de Política Económica y Marketing. Las competencias del Consejo Contable, así como su régimen de funcionamiento y las atribuciones de cada uno de sus miembros vendrán reguladas por un reglamento elaborado por el Pleno del Consejo General de Gestión y Finanzas, con el visto bueno de la mayoría absoluta del Consejo Permanente, oído previamente el Pleno de Consejo General Ejecutivo, y la aprobación por mayoría simple del Pleno de Afiliados.
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